jueves, 8 de septiembre de 2011

NOTA DE PRENSA: Creacion del Instituto PLAN PERU



NOTA DE PRENSA
  
COLEGIO DE INGENIEROS CREA INSTITUTO PLAN PERÚ

Pensando y sintiendo el futuro como parte de su rol y compromiso profesional, el Colegio de Ingenieros del Perú-CIP ha creado el Instituto Plan Perú -IPP- para estudiar y presentar planes de desarrollo sostenido de largo aliento no menores de 30 años, según anuncia su Decano Nacional Ing. Juan Fernán Muñoz Rodríguez.

El Decano informó que el "Plan Perú 2040", plan estratégico a largo plazo, es desarrollado por el Consejo Nacional de Decanos de los Colegios Profesionales, máximo organismo de los profesionales con el liderazgo del Colegio de Ingenieros del Perú.

La creación del instituto es una innovadora introducción que se hace al Texto Único Ordenado del Estatuto del CIP inscrito, en la Partida Electrónica Nº 1154615 de los Registros de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao, y aprobada por el Congreso Nacional de Consejos Departamentales del CIP, realizado en la ciudad de Ancón, como resultado del diálogo, concertación y consenso de todos sus delegados.

El IPP emerge como Capítulo V del Título IX referido a: De los Institutos y se agrega a los ya existentes: Instituto de Estudios Profesionales de Ingeniería (IEPI); Instituto de Servicios Sociales (ISS); Organización No Gubernamental Ingeniería en el Perú, e Instituto de Prospectiva y Desarrollo Estratégico (IPYDE).

La nueva institución surge como órgano de estudio, investigación, diseño y seguimiento de planes de desarrollo sostenido de largo plazo a nivel regional, macro regional y nacional del CIP. Estará dirigido por un Directorio Ejecutivo que presidirá el Decano Nacional y tres miembros que designará el Congreso Nacional de Consejos Departamentales. Su mandato será de cinco años y luego pasarán a conformar el Comité Asesor Principal del IPP.

Cada 10 años, a decir del Ing. Muñoz Rodríguez, el CIP elaborará un nuevo Plan Perú para los siguientes 30 años. Y cada 5 años hará una revisión total, evaluando los indicadores y presentando las correctivas necesarias al Plan Perú en proceso de ejecución. El resto del tiempo, el IPP velará por la difusión y  el seguimiento de las estrategias propuestas.

El Instituto Plan Perú está integrado por profesionales de las ciencias de la ingeniería y de otras especialidades académicas, empresarios, representantes de la Fuerza Armada y Policía Nacional y de la sociedad civil, como actores principales de las temáticas a abordar y desarrollar en beneficio de las regiones y del país.

La creación del IPP, explica el Decano Nacional, es fruto de la extraordinaria experiencia que alcanza el Plan Perú como original iniciativa el CIP, consciente de su rol profesional de contribución al desarrollo económico y social del país y el sentirse comprometido, hoy más que nunca, en brindar sus esfuerzos en facilitar políticas de Estado para lograr mediante los ciudadanos con el máximo desarrollo y experiencia profesional, marcar las huellas para la construcción del futuro del Perú, tal como lo vienen haciendo otros países.

Congreso Nacional de Consejos Departamentales
TEXTO ÚNICO ORDENANDO DEL ESTATUTO 2011
Capítulo V
DEL INSTITUTO PLAN PERÚ

Art. 4.123.- El Instituto Plan Perú del CIP, es el centro de estudios integrado por técnicos profesionales de las distintas carreras y especialidades, lideradas por un equipo del CIP, que se desarrollará en los Consejos Departamentales y será concentrado por el Consejo Nacional, que tiene por objeto estudiar y presentar propuestas de Planes de Desarrollo Sostenido Nacional de Largo Plazo a nivel Regional,  Macro Regional y Nacional. El periodo de estudio es, a no menos de 30 años; y sus propuestas deberán ser consideradas como prioritarias para el CIP, dándoles la máxima difusión entre todos los miembros, canales de difusión que se cuente  y todos los profesionales.

Art.4.124.- Cada diez (10) años el CIP procederá a elaborar un Plan Perú para los siguientes 30 años y cada 5 años hará una total revisión, para cuyo efecto  evaluará los indicadores y presentará las correcciones al Plan Perú ejecutado.  Durante el resto de los períodos, en la que no se esté formulando un estudio, velará por el adecuado cumplimiento, seguimiento y difusión del Plan Perú propuesto.

Art. 4.125.- Para los estudios referidos se requiere a los actores principales. Motivo por el que la Comisión estará integrada por destacados profesionales de la academia, gremios profesionales, grupos empresariales y miembros destacados de la sociedad,  así como miembros de las fuerzas armadas y policiales, que deben ser los actores principales de las temáticas a estudiar.

Art. 4.126.- Su dirección estará conformada por un Directorio Ejecutivo, presidida por el Decano Nacional, integrada por un grupo colegiado de tres miembros designados por el Congreso Nacional de Consejos Departamentales los que tendrán un período de Directivos de cinco (05) años y quienes luego pertenecerán al Comité Asesor Principal del Instituto Plan Perú.

Art. 4.127.- Su estructura orgánica y presupuesto será detallada en el Reglamento del Instituto del Plan Perú. Dicho Reglamento deberá desarrollarse para respaldar el desempeño requerido por el CIP. Los informes y resultados serán entregados a las entidades públicas y privadas.
Atentamente:
COLEGIO DE INGENIEROS DEL PERU - CONSEJO NACIONAL

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